sábado, 19 de octubre de 2013

Autoconvocatoria contra el Nuevo Pacto Pro-k

BUENOS AIRES 3X1

NO a los Shopping
NO a la venta de Tierras Públicas
NO al tratamiento en el período legislativo del 2013 de las leyes cuestionadas

SI A LA CONSULTA COMUNAL Y POPULAR


Autoconvocatoria para definir acciones conjuntas


Nos Autoconvocamos
este MARTES 22 DE OCTUBRE A LAS 19:30 HS.
en el Hotel Bauen (Salón Consular N° 2, 1° Piso)
ubicado en la calle Callao N° 360

         Los/as abajo firmantes nos expresamos en rechazo a un paquete proyecto de leyes que la Legislatura de la Ciudad (adjuntamos la individualizacón de cada uno de los mismos) se encuentra actualmente tratando y que serían aprobados antes de fin de año en el marco de recambio de 30 legisladores y la votación de muchos cargos en distintos organismos de la Ciudad, que servirían de compensación por el voto a estas nefastas iniciativas.

         Estos proyectos están dirigidos a privatizar los bienes comunes y públicos, autorizar la venta de decenas de inmuebles de la Ciudad, a permitir la concentración del territorio y del comercio en pocas manos, incrementar el endeudamiento de la Ciudad, profundizar la especulación inmobiliaria y a liberar al Poder Ejecutivo de restricciones y controles para permitir mayor discrecionalidad para continuar con el negocio de las obras públicas.

         Por estos motivos, CONVOCAMOS todos los sectores políticos, asambleas, organizaciones sociales, ong´s, sindicatos, centros culturales, clubes y ciudadanxs a consolidar nuestros lazos de resistencia y propuesta alternativas para nuestra Ciudad y a pensar y DEFINIR EN CONJUNTO ACCIONES. 


Firmantes:

Encuentro por el Corredor Verde del Oeste
Asociación Vecinal Lago Pacífico
Proto Comuna Caballito
CTA Territorial Comuna 6
Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA)
Movimiento Comunero
Colectivo por la Igualdad en el Partido Social
Partido Proyecto Sur
Partido GEN
Partido Social de la Ciudad
Partido Camino Popular
Partido Sumar Izquierda Democrática
Corriente Unidad Sur
Martín Iommi – Integrante de la Junta Comunal Nº 6
Miguel Vayo – Integrante de la Junta Comunal Nº 4
Diputado de la Ciudad Pablo Bergel
Diputado de la Ciudad Rafael Gentilli
Diputado de la Ciudad Alejandro Bodart
Diputado de la Ciudad Adrián Camps
Unión de Comerciantes, Profesionales e Industriales de Villa del Parque
Asociación Comerciantes, Industriales, Profesionales y Vecinos de Avdas. Córdoba, Callao y aledaños.
Cámara de Comercio, Industriales, Profesionales y Vecinos de Caballito
Federación de Comercio e Industria de la Ciudad de Buenos Aires (FECOBA)




1) Proyecto de Ley: 3283-J-2012. Zonificación para la construcción del complejo inmobiliario Solares de Santa María por la empresa IRSA.

2) Proyecto de ley: 2513-J-2013. Rezonificación de terrenos en Caballito para autorizar a Irsa la Construcción de un Shopping.

3) Proyecto de Ley: 3257-D-2012. Plan Maestro para la Comuna 8.

4) Proyecto de ley: 1770-D-2012. Autorización para permitir la explotación de parques y plazas a través de permisos para confiterías y Bares.

5) Proyecto de Ley: 3429-D-2012. Proyecto de Polo Audiovisual en la  Isla Demarchi.

6) Proyecto de Ley: 2157-J-2013. Extensión de la Diagonal Sur.

7) Proyecto de Ley: 467-E-2013. Iniciativa Privada para la construcción del “Centro Metropolitano Audiovisual” en “El Dorrego”.

8) Proyecto de ley: 2511-J-2013. Declaración de innecesarios para la Ciudad de 40 inmuebles y se ordena su venta.

9) Proyecto de ley: 2130-J-2013. Autorización para endeudamieno para la adquisición de 105 coches para la Línea A del Subte.

10) Proyecto de Ley: 2568-J-2013. Autorización para la destrucción del Velódromo del Parque 3 de Febrero.

11) Proyecto de Ley: 2188-J-2013. Creación de una ley de promoción de las Actividades de Diseño de la Ciudad (Distrito del Diseño).

12) Proyecto de ley: 114-D-2013. Régimen General sobre concesiones permisos de uso y asignación a actividades estatales de los denominados bajo de autopista.

13) Proyecto de ley: 2516-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad.

14) Proyecto de ley: 2077-J-2013. Aprueba la propuesta de la empresa Alvear Palace Hotel S.A. para el desarrollo de una playa de estacionamiento subterránea que comprende el Parque Mujeres Argentinas.

15) Proyecto de ley: 2512-J-2013. Declaración de innecesario para la Ciudad y se ordena la venta del inmueble sito en la Calle Carlos Pellegrini N° 313/317/321/323. En este inmueble funcionan algunas dependencias del Ministerio de Salud.

16) Proyectos de Ley: 791-D-2013, 815-D-2013 y 797-D-2013.  Proyectos que derogan  las leyes N° 4.474, 4.475 y 4.476 y 4477. No al tratamiento del despacho en mayoría que firmaron el bloque del Pro y de los K pidiendo el archivo de estos proyectos.

17) Proyecto de ley: N° 3566-J-2012. Concesión del Servicio Público de Estacionamiento Regulado.

18) Proyecto de ley: 2515-J-2013. Modifica artículos de la Ley N° 2.809 que regula el régimen de Redeterminación de Precios aplicables a los contratos de obra pública.

19) Proyecto de ley: 2487-J-2013. Inclusión de nuevos términos técnicos del Código de Planeamiento Urbana sobre Estaciones de Transporte Público.

20) Proyecto de ley: 2509-J-2013. Modifica del Art. 12 de la Ley Nº 52/98 sobre herencias vacantes.

21) Proyecto de ley: 2510-J-2013.  Modifica varios artículos de la ley Nº 2.264.- Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada en el financiamiento de proyectos culturales

22) Proyecto de ley: 2517-J-2013. Modifica el Decreto N° 1.510/97 a fin de incorporar el Expediente Electrónico y la notificación electrónica.

23) Proyecto de ley: 2518-J-2013. Incorpora la regulación normativa de los documentos electrónicos y la infraestructura de la firma digital.

24) Proyecto de ley: 2569-J-2013. Declaración de interés público de obras a ser construidas por AUSA.

25) Proyecto de ley: 2377-D-2013. Crea la figura de Higiene urbana y afecta a dicho distrito numerosos predios de la Ciudad.

26) Proyecto de ley: 2413-D-2013. Creación de un nuevo Centro de exposiciones y convenciones.

27) Proyecto de ley: 2359-D-2013. Otorga permiso de uso a la Asociación Golf Club José Jurado en el  Parque las Victorias.

28) Proyecto de Ley: 2564-E-2013. Modificación a la Ley de Faltas N° 451.

29) Proyecto de ley: 2534-D-2013. Modificación a la ley N° 2.936 que regula la Publicidad Exterior

30) Proyecto de ley: 98-D-2013.  Regula el proceso de urbanización y radicación del “Barrio 31 Carlos Mugica” (Ex Villa 31 y 31 bis),. No al tratamiento de las propuestas del Pro y el bloque K que quieren realizar modificaciones que desvirtúan del derecho a la radicación definitiva y a la re-urbanización del barrio.

31) Proyecto de ley: 2567-E-2013. Autorización para instrumentar contratos y obras para el método de separación mecánico biológica por 10 a 20 años.

32) Proyecto de ley: 873-D-2013. Zonificación especial para los Clubes de Barrio.

33) Proyecto de ley: 764-D-2013. Protección de las calles con adoquines de piedra.

34) Proyecto de ley: 2545-D-2013. Ley de Reforma Tributaria.

35) Proyecto de ley: 2555-D-2013.  Otorga a ALEARA (Sindicato de Trabajadores de Juegos de Azar, Entretenimiento, Esparcimiento, Recreación y Afines de la República Argentina) el uso gratuito del predio sito en la calle Moreno N° 330.

36) Proyecto de ley: 2535-D-2013.  Regulación de las  vidrieras en los locales comerciales.


37) Proyecto de ley: 2536-D-2013.  Modificación de la Ley de Publicidad Exterior.

viernes, 4 de octubre de 2013

Las corporaciones a Juicio Popular

Las corporaciones a Juicio Popular
Por Jonatan Emanuel Baldiviezo. Se realizó la primera audiencia a IRSA en la Legislatura porteña en el marco del Juicio Ético y Popular a las Corporaciones. El objetivo es visibilizar el avance de ciudades excluyentes, de la mano de grandes negociados con el acuerdo político en la ciudad y la nación.

El miércoles 25 de septiembre se realizó la primera audiencia del Juicio Ético y Popular a las corporaciones en la Ciudad de Buenos Aires, en la legislatura porteña. La misma, se centró en la denuncia a la empresa Inversiones y Representaciones Sociedad Anónima (IRSA) analizando sus proyectos inmobiliarios y sus negocios con los gobiernos nacional y porteño.
La primera audiencia tuvo lugar en el salón Perón de la Legislatura porteña, y contó con la presencia de  Herman Schiller, Gabriela Massuh, Enrique Viale y Nora Cortiñas de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora como miembros del Tribunal Ético y Popular, y los integrantes de los equipos de la Fiscalía Popular que serán los responsables de presentar las acusaciones respecto a las empresas IRSA, Salvatori, Cirigliano, Riva S.A., Ashira, Urbasur y Roggio.
El eje de la acusación de la fiscalía popular, representada por Facundo Di Filippo, estuvo centrada en la especulación financiera y en la empresa IRSA, la más representativa en impulsar el desarrollo urbano hacía la concentración del territorio, la mercantilización del suelo y la vivienda, el autoritarismo en el planeamiento urbano, y el aprovechamiento del esfuerzo colectivo a través de la apropiación de la plusvalía generada por las inversiones de la Ciudad y los cambios de normativa. Se sumaron además, la intervención como testigos de vecinos, asambleas y organizaciones que han sido víctimas y resistido el avance de los emprendimientos de esta corporación.
Boom inmobiliario sin restricciones
El Fiscal popular consideró a IRSA “la nave insignia del capital concentrado especulador, proclive a tender fuertes lazos con los diferentes gobiernos” y presentó al Sr. Eduardo Elsztain como uno de los empresarios que consolida, impulsa y se beneficia del modelo extractivista en América Latina. La caracterización de la empresa considera desde emprendimientos megamineros en el Norte de Chile como es el proyecto Guanaco, con alrededor de 650 mil ha propias y alquiladas en Argentina, destinadas al monocultivo de soja y otros cultivo, hasta los proyectos en las grandes ciudades, a través de la empresa IRSA,  donde se ha transformado en el principal terrateniente urbano con 16.250.000 m2 sólo en la Ciudad de Buenos Aires.
Además de acumular territorio en la ciudad porteña tiene ingentes ganancias en muchos de sus emprendimientos que avanzan contrariando el Código de planeamiento urbano: las tres torres de viviendas en Caballito en la Calle Rojas, el Shopping a cielo abierto en Palermo, y habilitaciones express como en el caso del Shopping Dot son sólo algunos de los ejemplos de connivencia con el gobierno porteño.
Según Di Filippo, “suele emplear empresas intermedias para adquirir tierras y proponer proyectos a efectos de no pagar el costo político”. La gran mayoría de sus terrenos fueron de propiedad estatal, como por ejemplo la ex Ciudad Deportiva de la Boca, Puerto Retiro, el predio de la Rural, Puerto Madero, y “una vez que los adquiere los emplea como reserva de valor, como activos financieros y espera la oportunidad de un mecanismo de especulación financiera” denunció. Además también se apropió ilegalmente de espacios públicos como la Plaza del Shopping Abasto, espacios verdes y una calle en el Shopping Dot.
Desde los territorios, las voces de la denuncia
Respecto del caso del DOT y la inundación sufrida por los habitantes del barrio Moreno, Marcos Zelaya de Colectivo por la Igualdad mencionó que “Es uno de los ejemplos donde se juegan la operatoria de IRSA en cuanto a la forma de negocios de captar terrenos, comprar voluntades y el manejo de poder político con las consecuencias sociales por la improvisación por parte del estado”.
IRSA, como buen ejemplo de la profundización de la etapa capitalista, creció en épocas de crisis económica y adquirió inmuebles de clubes o empresas en quiebra. Ejemplos notables fueron la compra del predio del mercado Abasto al Hogar Obrero, la Ex Ciudad Deportiva de la Boca al Club Boca Juniors y de un predio en Caballito al Club Ferrocarril Oeste. Por otra parte, “también empleó como excusa la crisis del 2001 para lograr que le extiendan las concesiones de predios de la Ciudad como es el caso de Buenos Aires Design” describió Di Filippo.
Silvio Schachter, investigador urbano e integrante del colectivo editorial Herramienta, señala que IRSA “es un actor principal de un fenómeno mundial en una etapa particular del desarrollo del capitalismo y su globalización, que busca generar a través del manejo del espacio urbano, la sobreacumulación de capital”.
Sólo ha sido posible que la empresa IRSA lleve a cabo sus planes gracias a que tanto los gobiernos nacionales como de la Ciudad desde la década de los 90´ han funcionado como sus directos gestores más que como sus socios, independiente del color político que haya gobernado. Como señala uno de los testigos en la audiencia, miembro de la Asociación de Amigos del Lago de Palermo, Osvaldo Guerrica, “El Frente para la Victoria y el PRO deciden liquidar un sector importante de las tierras públicas de la Ciudad para pasarla a la especulación inmobiliaria”.
En este eje, se enmarcó la denuncia del pacto Pro-K, que consistió en el acuerdo de ambos gobiernos en aprobar un paquete de leyes que entregaron cientos de hectáreas de tierras públicas para explotaciones comerciales y grandes emprendimientos inmobiliarios, en los Playones ferroviarios de Palermo, Liniers y Caballito y 37 ha del Parque Roca.
También para Luis Spinoza, delegado de la villa Rodrigo Bueno la experiencia con IRSA significa un avance sobre los derechos de los habitantes, “ellos quieren una ciudad limpia de pobres” aseguró, por eso decimos que “somos participes de la segregación social que está aplicando el gobierno de la Ciudad. ¿Qué nos espera a nosotros en los barrios, con la gente humilde?” concluyó.
El Juicio Ético y Popular a las corporaciones tiene como propósito visibilizar la conjugación de la mecánica entre el Estado y determinados operadores económicos, donde se actúa por omisión facilitando con modificaciones de código y ocultando negociados.
La próxima audiencia a Salvatori S.A., será en el Parque Centenario y la temática central versará sobre la privatización de los espacios públicos y verdes, la disminución de las superficies verdes y las obras excluyentes.

jueves, 12 de septiembre de 2013

Respuesta a críticas a la sentencia del Juez Gallardo sobre el camino ribereño en Costa Salguero


Gustavo Arballo escribió uncomentario en contra de la Sentencia del Juez Gallardo por medio de la cual adopta medidas novedosas para que el Ministro Santilli cumpla con una sentencia dictada en el año 2011.

La sentencia aquí

ACÁ VA MI RESPUESTA:

                Hola Gustavo, soy Jonatan Baldiviezo te escribo como el letrado patrocinante de la causa en la cual se dictó esta medida judicial y como habitante de la Ciudad que rechazo profundamente a que la Costa esté privatizada. Principalmente expresar un desacuerdo absoluto con los cuestionamientos que realizas de la sentencia que procura buscar vías alternativas para que los funcionarios y las empresas en la Ciudad de Buenos Aires cumplan con lo que los jueces ordenan, principalmente por la profusión de sentencias incumplidas en un contexto en donde los astreintes han manifestado ser absolutamente ineficaces.

                En primer lugar, acusas la falta de competencia del Juez Gallardo para dictar esa orden por asumir potestades de la justicia electoral y de la justicia federal. No encuentro en tu análisis argumento alguno para justificar esta afirmación. No veo en lo ordenado por el juez arrogarse atribuciones electorales sino simplemente utilizar un mecanismo u aprovechar una situación para alcanzar un fin, que el Ministro Santilli cumpla con la sentencia. Emplea el ámbito de una modalidad comunicacional electoral para transmitir una información estrechamente relacionada,  sin modificar un ápice la periodicidad o la duración de la publicidad electoral de Santilli como candidato a senador.

                Precisamente como no modifica la publicidad electoral, debe interpretarse como un mensaje independiente de la justicia que para la mejor consecución de sus fines se decide que preceda a la publicidad electoral de actual Ministro Santilli. No se ha decidido sobre ningún aspecto electoral ni tampoco está en cuestión temas federales. Es una exageración cercana a la mentira que digas que es una intervención al contenido del spot, cuando solamente es un mensaje de la justicia que precede al spot.

                En segundo lugar, tu sola afirmación de que las cuestiones presupuestarias sólo pueden ser resueltas por la legislatura es tan laxa y por lo tanto equivocada si no se analiza en concreto y en el marco constitucional de la Ciudad y de la Nación y la jurisprudencia de los tribunales de Ciudad. Por lo menos en el fuero contencioso de la Ciudad está bien claro que toda sentencia judicial que obliga a cumplir con derechos sociales, culturales y ambientales a través de una acción positiva implica la modificación del presupuesto de la Ciudad. El GCBA no podría cumplir estas sentencias sin realizar reasignación de las partidas presupuestarias, precisamente porque con anterioridad no había contemplado estos montos para garantizar los derechos que los tribunales declaran violados. Esta obviedad ha llevado varios años de litigios en el fuero.

                En la Ciudad sus jueces han ordenado construir casas, construir hospitales, entregar subsidios de alimentos y habitacionales sin autolimitarse en virtud de que sus órdenes están modificando el presupuesto de la Ciudad. Y está bien que así lo sea. Porque la declaración de vulneración de derechos conlleva en este tipo de órdenes judiciales en forma implícita la afirmación de la no contemplación de partidas presupuestarias en muchos de los casos.

                Seguramente pensarás el tema de la prioridad y que esa prioridad tiene que ser establecida por la Legislatura. Y concuerdo con no soslayar el tema de las prioridades, pero siempre que se discute el tema de las prioridades presupuestarias no se habla de la realidad de cada ciudad ni tampoco de una modificación del sistema impositivo, ni de la eficiencia de los recursos etc.  Generalmente la cuestión de las prioridades son usadas por los gobiernos para no garantizar derechos en vez de buscar las formas de no tener que elegir que derechos garantizar y cuales postergar.

                En concreto, por ejemplo, en la ciudad el GCBA nunca ha demostrado que no tiene recursos suficientes para cumplir con las sentencias condenatorias. Simplemente manifiesta que no tiene partidas asignadas cuando todos los años le votan los superpoderes para modificar toda la ley de presupuesto a su absoluta discrecionalidad. Y tampoco le interesa ingresar en la discusión de las prioridades porque le va a salir el tiro por la culata. Va a tener que dejar de hacer gastos de marketing político, conveniar con ongs amigas, hacer obras inútiles, gastar en publicidad oficial, redeterminar precios en forma abusiva y a favor de las empresas, actualizar los cánones de las concesiones, etc.  Y esto no lo piensa hacer.

                Y por cierto, sería de mi gran agrado que sea el GCBA que en su defensa se justifique atrás de la cuestión de las prioridades, abriría el juego a cuestiones interesantes de la gestión macrista. Y Cabe resaltar que la Legislatura también es parte del GCBA y es el GCBA el que está demandado y ha sido condenado.

                Además, los jueces tienen el mandato constitucional de adoptar TODAS las medidas eficaces y a su alcance para garantizar el ejercicio de los derechos. Mandato que todos soslayan y permiten que los gobiernos, sus funcionarios y empresas sigan impunes y nosotros batallando contra artilugios jurídicos que brindan más poder a los que ya los tienen. Esta afirmación destruye toda excusa en relación al presupuesto y tantas otras, precisamente porque no es una orden legal sino constitucional al mismo nivel jerárquico que las otras normas orgánicas.
                Y en este juego, veamos la proporcionalidad de la medida de embargo. El predio Costa Salguero fue concesionado en el 91 por 30 años a la empresa Telemetrix. Desde esa época que ha construido sin habilitaciones y sin permiso de obra en todo el predio. Esto también se está discutiendo en la causa. Además, también desde esa fecha la concesionaria ha construido sobre el camino de sirga de 35 metros que dispone el Código Civil. En vez de ser un paseo está ocupado por una parta de la canchas de golf, por boliches, etc. Pocos explotando y obteniendo riquezas de un bien común. El predio de Costa Salguero es de propiedad de la Ciudad. Durante todo este tiempo el GCBA no ha empleado su poder de policía para impedir que las empresas lucren ocupando este espacio que debía ser un paseo libre y gratuito de disfrute de la Costa de todos los porteños como exige la Constitución de la Ciudad. Por cierto, el canon que paga esta empresa es irrisorio, lo que para por ocupar todo el predio por mes  (alrededor de 9 manzanas) es lo que el GCBA le pagó por ocupar un día unos de sus galpones.

                La Medida cautelar fue dictada en agosto de 2011, ya pasaron dos años y no fue cumplida. tiempos suficientes para que se produjese la asignación presupuestaria necesaria cada vez que se sancionaba la ley de presupuesto. Ni el ejecutivo y ni la legislatura cumplieron, y tampoco el Ministro Santilli quién es el que tiene la competencia de espacios públicos en la Ciudad.

                Discurres sobre que no hay situación de incumplimiento judicialmente declarada. Lamento que no hayas leído bien la sentencia con todos los antecedentes. Con anterioridad ya se había declarado el incumplimiento de la medida cautelar. La empresa  y Santilli volvieron a expresar lo mismo que manifestaron antes de la declaración de incumplimiento y lo repetían frente a cada nueva intimación. Cada vez que se los intimaba a cumplir manifestaban que ya habían cumplido o que no se ponían de acuerdo entre el gobierno y las empresas. Hubieron 3 reconocimientos judiciales, varias audiencias para llegar a un acuerdo, etc. Lamento tu perspectiva de no considerar a Santilli un incumplidor judicialmente. Desde mi visión compartida por el juez y expresada en la sentencia, todo el compartimiento del Ministro Santilli y las empresas ha sido una burla a la justicia. Burla que es reeditada sin consecuencias en cientos de causas judiciales.

                Tampoco concuerdo ni comprendo que consideres tan ilegal embargar fondos para garantizar derechos cuando el GCBA luego de varios ejercicios presupuestarios no lo ha hecho. Por cierto, es algo común en la justicia de la Ciudad. Es más ahora cada vez que se aprueba la ley de presupuesto dispone que los jueces no pueden embargar cuentas del GCBA. A esta norma ningún juez la toma en cuenta, precisamente porque no se pueden establecer normas generales cuando se sanciona la ley de presupuesto. La propia legislatura admite esta facultad de los jueces de la Ciudad y aunque no la admitiera la tienen. Creo además que es una medida de intervención mínima que los jueces deben adoptar frente a ostensibles y maliciosos incumplimientos. Más aún cuando estas obras deben ser pagadas por las empresas y el GCBA tiene toda la facultad incluso el deber de repetir en contra de ellas. Así que ni siquiera hay una pérdida de recursos para la Ciudad. Tan solo garantizar en forma más inmediata derechos ambientales y culturales luego de 30 años. Creo que como habitantes de la Ciudad no merecemos seguir esperando.

                El argumento de "Barranca abajo" me parece absurdo. ¿Por qué absurdo? Porque toda acción universalizada va a sonar absurda. El método de tu análisis es el menos adecuado y pertinente para evaluar una conducta. Y en todo caso, cuando tus miedos sucedan veremos que decisiones se adoptan. Por ahora, me parece un buen medio para llegar al fin que se quiere, que es que se cumpla la sentencia.

                ¿Y porque es un buen medio? Al contrario de considerar que la sentencia es "arrogante y paternalista y un exceso de poder" (por cierto, que liviandad), las astreintes no funcionan, lo que lastima a los funcionarios es cuando pierden legitimidad política, que mejor momento que en una época electoral para que la sanción sea dar a conocer su irrespeto por la justicia. Precisamente es tan buen medio, que puso a todos los responsables a moverse.

                No he tenido la intención de que esto sea extenso pero la discordancia tan radical a como planteas los problemas y sus implicancias en nuestros derechos me ha llevado a defender la luchas de cientos de miles de habitantes por recuperar el acceso a la Costa que ha sido privatizado durante décadas y los derechos en tantas otras causas porque tus argumentos fortalecen para que nuestros derechos queden más desprotegidos de lo que están. Abrazos.

jueves, 13 de junio de 2013

Sin Misericordia con las Rejas

                                                        Sin Misericordia con las Rejas

De Jonatan Emanuel Baldiviezo


            En agosto del año pasado el Gobierno de la Ciudad (GCBA) anunció el enrejamiento perimetral de la Plaza Pueyrredón, conocida como Plaza Flores, y de la Plaza de la Misericordia. En marzo de este año terminaron los trabajos de enrejamiento de la Plaza Flores. Las irregularidades cometidas mereció la denuncia penal por parte de vecinos del barrio y de la Defensoría General de la Ciudad por violar leyes que protegen los bienes patrimoniales y arqueológicos de la Ciudad.

            Ahora ha llegado el momento para la Plaza de la Misericordia. La Plaza está ubicada en el Barrio de Flores en el perímetro entre Directorio, Bilbao, Lautaro y Camacuá. A través de la Licitación Privada N° 47/SIGAF/2013 el GCBA ha adjudicada la instalación de las rejas a la empresa Instalectro S.A. por un monto de $ 748.943 pesos.

            El GCBA utiliza nuevamente el discurso de la inseguridad y el vandalismo para justificar el enrejado. Frente a la inseguridad se pueden adoptar dos caminos. Uno consiste en el miedo al otro, la seguridad es aislarse en la esfera privada de cada uno, limitar los espacios de contacto. Otro es no temer al encuentro, apostar por conocer a los otros, compartir e interactuar en ámbitos públicos. El GCBA apuesta al primer camino, frente a cuestionamientos de seguridad en ámbitos públicos su propuesta es que éstos no existan.

            En la Plaza de la Misericordia se repite la misma estrategia que se ha advertido en otras plazas o parques. El GCBA no cumple con el mantenimiento, las luminarias no son reparadas, los guardianes de plaza no cumplen sus funciones, no están presentes integrantes de las fuerzas de seguridad. Frente a este estado de abandono, absolutamente evitable, desde el gobierno se propone el enrejado como solución.

            También se acude al temor. Sospechosamente a días de iniciarse las obras de enrejado las palomas del parque fueron envenenadas sin saberse aún los responsables. Esto fue utilizado para encintar todo la Plaza y como un argumento más para justificar su enrejado.

Pero en el caso de la Plaza de la Misericordia la decisión del enrejamiento del GCBA no irá acompañada de una "puesta en valor" como si se hizo en el Parque Centenario y se propone para el Parque Lezama. La licitación es únicamente para el enrejamiento y la construcción de un canil, otras prioridades peticionadas por los vecinos y el mantenimiento de la Plaza son soslayados.

            La decisión de enrejar la Plaza no la ha dispuesto el Ministerio de Ambiente y Espacio Público, tal como fue en el Parque Centenario y en el Parque Lezama. Esta vez la estableció la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana dependiente del Jefe de Gobierno. Por este motivo, se tuvo que realizar una licitación privada por afuera de la Licitación que adjudicó el “Servicio de Mantenimiento Sostenible de los Espacios Verdes" para toda la Ciudad.

            La deficiencia democrática también es ostensible. Es una dimensión no respetada por el Macrismo desde que asumió el gobierno. En la Ciudad no nos regimos únicamente a través de una democracia representativa sino también por una democracia comunal y una democracia participativa. Es un eje arquitectónico de la Constitución de la Ciudad que cada decisión y política del Gobierno tiene que ser con participación de los colectivos afectados o de los vecinos que deseen participar en la decisión. La mayoría de los vecinos del Barrio recién se enteraron de que su plaza será enrejada cuando leyeron el cartel de obra. Por otra parte, la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana tampoco dio participación a la Junta Comunal ni al Consejo Consultivo de la Comuna N° 7. El Consejo Consultivo es el ámbito de mayor participación vecinal institucional de cada comuna y ni siquiera accedió a los pliegos de la licitación.

            La negación de la democracia participativa cuando se trata de bienes comunes también está relacionada con una idea de lo público. Lo público es entendido como la propiedad del Estado, soberano y señor de tomar decisiones sobre sus propiedades de forma inconsulta. Esto cambia drásticamente en una democracia participativa, lo público ya no es algo esencialmente estatal, sino algo de todos, un bien común y, en consecuencia, su destino pertenece a una decisión adoptada simbióticamente entre el Estado y el sector de la sociedad involucrada. 
             
            El enrejado de la Plaza de la Misericordia constituye una restricción de nuestras libertades. No se debe entender que sólo existe privación de libertad cuando nuestra libertad ambulatoria es restringida intensamente como cuando las personas son detenidas en el marco de una causa penal. También nuestro derecho a transitar libremente es menoscabado cuando nos prohíben ingresar a un lugar al cual teníamos derecho de acceder con anterioridad. De acuerdo a la Constitución de la Ciudad (Art. 27) tenemos derecho al acceso libre y gratuito a espacios públicos como las plazas. El enrejado implica que alrededor de la mitad de las horas del día no podremos hacer uso de nuestro derecho. Como condición mínima el gobierno para restringir nuestra libertad ambulatoria necesita de una ley aprobada por la Legislatura de la Ciudad. Esta ley no existe. En alrededor de 90 plazas y parque de la Ciudad el GCBA nos impide el ingreso sin que exista normativa alguna que lo autorice, en forma absolutamente ilegal.

            Incluso si existiese una ley en esa dirección esta confrontaría directamente con otros mandatos constitucionales. La Ciudad tiene el mandato constitucional de promover el incremento de los espacios verdes, tanto en su aspecto espacial como temporal. Es decir, debe aumentar la cantidad de m2 de espacios verdes y de no disminuir el acceso y uso temporal de los mismos. El enrejamiento viene a incumplir esta obligación constitucional al restringir irrazonablemente los tiempos que la ciudadanía puede usar y disfrutar de los espacios verdes.

De acuerdo a Bauman, en la Ciudades existen espacios antropoémicos que expulsan a los individuos que son considerados extraños. Son lugares de acceso selectivo, delimitados por una barrera que estimula la separación espacial. Un parque o una plaza enrejada constituye un espacio antropoémico. De esta forma, la Plaza de la Misericordia de ser un espacio público que brindaba la posibilidad de relacionarse con un otro y que estaba enmarcado en una sociedad incluyente es muy posible que devenga luego del enrejamiento en un espacio público excluyente. En consecuencia, la política de enrejamiento va en contra del mandato constitucional de que la Ciudad debe promover el acceso libre a los espacios públicos y facilitar el acceso a los bienes culturales y públicos.

            En forma recurrente surgen cuáles son los criterios valorativos del macrismo respecto a los espacios verdes. Éstos tienen un valor económico o meramente paisajístico. En este último caso, las rejas cumplen el rol de propender a crear grandes jardines sólo contemplados detrás de las rejas y cuyos usos sociales son restringidos en tiempo y diversidad para evitar el deterioro inherente a éstos.

            Todas estas cuestiones de expulsión social y de decisión sobre territorios urbanos en forma autoritaria generan fuertes resistencias, precisamente porque involucran la defensa del ambiente y hábitat del cual formamos parte y que con nuestras experiencias colaboramos en su construcción. La apropiación de nuestros territorios en sus usos y morfología afecta íntimamente nuestra subjetividad y los proyectos de vida que trazamos. No son casuales las fuertes protestas y las represiones sucedidas durante este año en el Parque Centenario, la Sala Alberdi y por la destrucción de los talleres protegidos del Hospital Borda.


            El caso del enrejamiento de la Plaza de la Misericordia no escapa a estas resistencias y expresiones de dignidad. El viernes pasado los vecinos se autoconvocaron a una reunión asamblearia para empezar a organizar acciones colectivas a fin de impedir la instalación de las rejas. Alrededor de 100 personas manifestaron su rechazo, expresando que son obras que no responden a las prioridades sociales y culturales del barrio, que la inseguridad tiene otro tipo de soluciones, que se ha ninguneado la participación vecinal y de las comunas. La Asamblea se desarrolló hasta las nueve de la noche y mucho más duró el encuentro de vecinos pensando y conversando sobre temas comunes del barrio. Las rejas también serán funcionales para impedir estos encuentros, a la hora que los vecinos puedan reunirse luego de un día de trabajo, sus puertas se cerrarán. Un lugar de encuentro y disfrute colectivo se transformará por arte de las políticas de este gobierno a partir de cierto horario en un desierto social, una isla silenciosa e inhumana.  

jueves, 17 de enero de 2013

La especulación inmobiliaria y el futuro


CIUDAD DE BUENOS AIRES

La especulación inmobiliaria y el futuro

Por Gabriela Massuh y Jonathan Baldiviezo
09/09/12 - 12:09
 
Invirtiendo en infraestructura allí donde espera inversiones inmobiliarias, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires expulsa a sectores de menores recursos, destruye la identidad histórica y cultural de los barrios porteños, eleva hasta el paroxismo el precio de los terrenos e intenta “sanear” las villas y los inquilinatos mediante una política que le da la espalda a la necesidad de los carenciados. Los sucesos del Parque Indoamericano a fines de 2010 fueron la contracara siniestra de estas políticas.
Con estas políticas indiscriminadas, exacerbadas bajo el gobierno de Macri, Buenos Aires está corriendo el riesgo de convertirse en una ciudad gótica al estilo Blade Runner. El Gobierno de la Ciudad no tiene tapujos en proclamar que puede albergar a tres millones de habitantes adicionales… construyendo en altura. La progresiva demolición de la sustancia urbana y la creciente construcción de torres obedecen exclusivamente a una lógica especulativa, cuya contracara es la dificultad de acceso a la vivienda por parte de los sectores populares y las clases medias, así como del hacinamiento en villas, barrios, hoteles e inquilinatos de los carenciados.
El artículo 31 de la Constitución de la Ciudad garantiza el derecho a la vivienda digna y a un hábitat adecuado a todos sus habitantes, y obliga a reurbanizar las villas y los asentamientos, y a promover la incorporación de las viviendas deshabitadas. El Plan Urbano Ambiental (Ley N° 2.093, sancionada 13 de noviembre de 2008), al cual deben adecuarse las demás leyes de la Ciudad, ordena proteger e incentivar las identidades barriales, promover tipologías edilicias que no den lugar a situaciones de segregación social ni a disrupciones morfológicas, preservar los sectores urbanos de baja y media densidad poblacional, implementar acciones a fin de reurbanizar las villas y mejorar inquilinatos, hoteles y pensiones. Claramente, el actual Gobierno de la Ciudad no cumple con ninguno de estos mandatos constitucionales.
Desde que asumió, el gobierno de Mauricio Macri se ha esmerado en dejar sin efecto las normas urbanas dedicadas a mantener el equilibrio ambiental; otorga permisos de demolición o de construcción que no respetan las normas; no cumple con los procesos participativos de consulta y consentimiento; no se realizan las evaluaciones de impacto ambiental de grandes construcciones o de acumulación de obras en manzanas o barrios; autoriza desalojos exprés; se negó a prolongar la Ley 2.548, que protege los edificios construidos antes de 1941; bloquea el tratamiento parlamentario de aquellos proyectos de ley que se vinculan con la protección del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural, y desatiende las consignas de preservación que dicta la misma Constitución de la Ciudad.
Entre 2004 y 2011, el incremento del precio de los terrenos fue del 281%, llegando a incidir entre un 30% y un 50 % en el costo de la construcción, cuando la norma histórica llegaba como mucho al 25%. Esta es una de las razones que explican que el 60% de los habitantes que llegaron al área metropolitana entre 2001 y 2006 se establecieran en asentamientos informales, la mayoría de las veces a través de ocupaciones. Según las cifras del Censo 2010, la población que vive en villas se incrementó, entre 2001 y 2010, de 110 mil personas a 160 mil/180 mil, es decir que hubo un incremento del 52%.
En la ciudad de Buenos Aires, la población en emergencia habitacional se multiplica de manera directamente proporcional a la construcción de viviendas suntuosas (torres). Acerca de esta situación, los resultados del censo nacional del año 2010 son más que elocuentes: en la ciudad de Buenos Aires hay un 25% de viviendas vacías, cifra que se incrementa hasta el doble en las zonas de Puerto Madero y Recoleta. Como ejemplo: luego de estallada la burbuja inmobiliaria en España, el censo de población y viviendas del año 2011 indicó que el total de las viviendas desocupadas de España es del 12%, cifra que triplica la media europea y que, sin embargo, es más de dos veces inferior a la de los inmuebles vacíos en la ciudad de Buenos Aires.
Esta situación, que especula con el suelo, concentra la riqueza, expulsa a los carenciados, destruye la fisonomía de la Ciudad y se lleva puestos a los espacios públicos, debe cambiar. Para ello, Plataforma 2012 propone una serie de medidas detalladas en su página web, donde puede leerse el documento completo: http://plataforma2012.org/.

*Miembros de Plataforma 2012.

http://www.perfil.com/ediciones/2012/9/edicion_709/contenidos/noticia_0022.html

La Defensora y la especulación inmobiliaria

Por: Enrique Viale, Sebastián Pilo y Jonatan Baldiviezo *
La “Defensora del Pueblo de la Ciudad”, Alicia Pierini, acaba de pronunciarse -en el sitio web de su propiedad “Noticias Urbanas”- opinando en defensa de la piqueta, la especulación inmobiliaria y la construcción indiscriminada (ver: “Corralito Inmobiliario” 1). Es de una gravedad institucional inusitada, teniendo en cuenta que su misión es defender los intereses generales, y no intentar presionar a la Justicia saliendo en auxilio de intereses particulares.
Lo que no se animaron a decir ni el Gobierno de la Ciudad, ni las Cámaras Empresariales, ni las corporaciones profesionales, lo hizo la “Defensora del Pueblo”. La especulación inmobiliaria agradecida.
La nota de opinión está llena de inexactitudes, o simples mentiras. Por ejemplo, opina la “Defensora” que la Justicia “ordenó al Poder Ejecutivo la suspensión del otorgamiento de permisos de obra o demolición respecto de la totalidad de los inmuebles anteriores al 41 sean o no de valor patrimonial“. La señora Pierini no leyó la sentencia que critica. De hacerlo, hubiera evitado malinformar a la sociedad, ya que la medida judicial establece en forma expresa que los inmuebles que no presenten valor patrimonial estarán exentos de la prohibición, mediante un simple dictamen en tal sentido del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales. Hace años (desde el 2007) que ese mismo procedimiento está vigente en la Ciudad (en virtud de la Ley Nº 2.548, sus prórrogas y modificatorias), sin que cause ninguno de los males que se anunciaron antes de que comience su funcionamiento, y que ahora se vuelven a agitar desconociendo la historia.
Con argumentos que rememoran sus épocas de funcionaria menemista, la “Defensora” hace un llamamiento -casi desesperado- a la “seguridad jurídica”, omitiendo que ésta también es para los ciudadanos en general: seguridad jurídica de que sus derechos a un ambiente sano, a la conservación del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural sean respetados. En lugar de esta seguridad jurídica, Pierini prefirió defender sólo la de los negocios.
Desinforma también Pierini cuando sostiene que “La Legislatura -representantes del pueblo- tuvo la cuestión en sus manos y tomó la decisión de no seguir prorrogando la ley 2548“. La Legislatura no tomó ninguna decisión sobre este tema, no hubo decisión mayoritaria alguna al respecto. Las medidas de dicho cuerpo legislativo se adoptan mediante leyes, resoluciones o declaraciones, y ninguna de ellas ha sido dictada por el Poder Legislativo local. Lo que hizo la Legislatura es justamente omitir adoptar una decisión, aunque aún tiene tiempo para hacerlo, debido a que los 6 expedientes con proyectos de ley que se refieren al tema -en sentido similar al pretendido por la acción de amparo- se encuentran plenamente vigentes y con estado parlamentario (hay proyectos de diputados/as del FAP, del FPV, de la CC, de Proyecto Sur y del PRO, entre otros).
Luego sostiene la “Defensora” que “La inmensa mayoría de lo anterior al 41 con valor histórico o arquitectónico ya ha sido catalogado y por tanto protegido“. Muestra aquí Pierini un gran desconocimiento del tema, o simplemente miente. El Gobierno de la Ciudad debió hacer un relevamiento completo de los inmuebles anteriores a 1941 y determinar, en cada caso, si los mismos poseían o no valor patrimonial. Pero como es costumbre, el Gobierno omitió cumplir su deber. De manera que existen decenas de miles de inmuebles cuyo valor patrimonial no ha sido determinado. Tanto es así, que se hicieron públicas en el último tiempo una importante cantidad de demoliciones de edificios que jamás debieron ser destruidos, y que la “Defensora” no puede desconocer. Si para muestra basta un botón, puede la “Defensora” darse una vuelta por lo que fue la casa de Alfonsina Storni, hoy víctima de la piqueta que defiende Pierini. Le podemos alcanzar cientos de otros casos si quisiera instruirse al respecto.
“Despidos en masa”, “crisis económica del sector”, son sólo algunos de los dislates que irresponsablemente lanza la “Defensora”, replicando los mismos argumentos que usan los que desmontan los bosques nativos o los voceros de la megaminería cuando pretenden destrozar glaciares de nuestra Cordillera. Hay que recordarle a Pierini que el boom inmobiliario en la Ciudad se dio justamente durante los años de vigencia de la Ley Nº 2.548 -que establece el procedimiento de Promoción Especial de Protección Patrimonial-, el cual la medida judicial en forma análoga ordena.
Es alarmante que la “Defensora” desconozca la Constitución de la Ciudad que obliga a todos sus funcionarios -sobre todo a ella- a promover “… La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico…” (Art. 27 CCABA). Juró hacerla cumplir cuando asumió, como también defender los intereses generales y no el interés particular del lobby inmobiliario.
Este amparo, es cierto, nunca debió haber sido presentado por organizaciones especializadas y vecinales. Ante el incumplimiento del Gobierno de la Ciudad, la acción judicial debió haber sido iniciada por quien tiene mandato constitucional para ello: la “Defensora”. Nuestra acción es consecuencia de su omisión.
Resulta lamentable que, teniendo la posibilidad de defender los intereses del Pueblo, haya privilegiado los negocios de la corporación inmobiliaria. Alicia Pierini puede defender los intereses comerciales de quien se le antoje, la Defensora del Pueblo de la Ciudad NO!

Adhesiones:
Amigos del Parque Central
Asociación Amigos del Lago de Palermo
Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas
Asociación Civil Amigos del Parque Los Andes
Asociación Civil por la Reserva
Asociación Vecinal Lago Pacífico
Colectivo por la Igualdad
Comisión de Vecinos de la calle Irala y Adyacencias
Mutual P.R.I.S.M.A.
Palermo Despierta
Proteger Barracas
Proyecto DES-LIMITES
SOS Caballito

http://otrabuenosaires.com.ar/la-defensora-y-la-especulacion-inmobiliaria/